Sociedades 05: Paraísos fiscales y Zona Especial de Canarias
Paraísos fiscales (RD 1080/1991)
Para los gastos deducibles, la inversión en una filial o establecimiento permanente, deducciones, ETVE y transparencia fiscal internacional, es importante el concepto de paraíso fiscal. La administración estableció una lista de paraísos fiscales. Sin embargo, cuando con un territorio de la lista se suscriba un convenio para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información o se firma un acuerdo respecto al intercambio de información, un territorio dejará de ser paraíso fiscal. Esto cuenta para Malta desde el 12.9.2006 y los Emiratos Árabes Unidos desde el 2.4.2007. Encuentra la lista en el sumario en formato PDF.
Zona Especial de Canarias (ZEC)
Aquí le damos un resumen muy breve sobre el régimen especial, que existe en las Islas Canarias. El régimen se aplica hasta al año 2.019 pero se cuenta con una prórroga de la UE (Ley 19/1994 art. 28-30). En las Islas Canarias no se aplica el IVA comunitario, mientras sí forman parte del territorio europeo para los aranceles. Los convenios para evitar la doble imposición, suscritos por España se aplican a las Islas. Su atractivo está en los puntos siguientes:
Para los importes y detalles se remite al sumario en formato PDF.