Auditoría de cuentas
La auditoría de cuentas consiste en la revisión y verificación de documentos contables, siempre que aquélla tenga por objeto la emisión de un informe que pueda tener efectos frente a terceros.
¿Cuándo es obligitoria una auditoría de cuentas?
Los casos más habituales se dan en las entidades que tienen las siguientes caracteristicas: 1. Que superen durante dos años consecutivos al menos dos de los siguientes parámetros:
3. Que realicen obras o prestaciones o suministros de bienes al Estado y demás organismos públicos,
por más de €600.000
4. Por solicitud de un número de socios, que represente al menos el 5% del capital social, de aquellas sociedades que no están sometidas a auditoría. (LSA art. 205)
5. Las sociedades anónimas deprtivas. (L 10/19909 art. 26 y 36)
6. Las entidades eléctricas. (RD 2550/1994)
7. Las fundaciones. (L 30/1994 art. 23)
Otros tipos de informes a realizar por el Auditor de cuentas
Además de la auditoría de cuentas, cualquier necesitará un auditor en los siguientes casos:
1. Informes especiales como valoración de acciones, emisión de obligaciones convertibles, aumento de capital por compensión de créditos, aumento de capital con cargo areservas, reducción de capital, etc.
2. Revisones limitadas.
3. Revisión de cuenta justificativa de subvenciones.
4. Informes periciales.